El Gobierno impulsa la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales con nuevas obligaciones en salud mental y organización preventiva

27-05-2026

El anteproyecto de ley, aprobado por el Gobierno y pendiente ahora de su debate en el Congreso de los Diputados, supone una actualización del sistema de prevención de riesgos laborales vigente desde hace tres décadas.

La reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales amplía el alcance de la normativa vigente desde 1995 e incorpora nuevos factores como la salud mental, los riesgos psicosociales, la digitalización del trabajo o el cambio climático en la gestión preventiva de las empresas. La reforma forma parte de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027 y responde al objetivo de adaptar la normativa a los cambios en las formas de trabajo, la digitalización y la evolución de los riesgos laborales.

Entre las principales novedades, el texto refuerza la consideración de los riesgos psicosociales y la salud mental dentro de la evaluación preventiva, incorporando de forma más explícita factores como el estrés laboral, la desconexión digital, la ergonomía, la digitalización del trabajo, el cambio climático o los fenómenos meteorológicos adversos. Asimismo, se refuerza el enfoque preventivo en los procesos de reincorporación tras bajas de larga duración, con el objetivo de facilitar retornos adaptados al puesto de trabajo.

Según la información del Ejecutivo, la vigilancia de la salud deberá integrar también la dimensión psicológica, equiparando su consideración a la salud física dentro del ámbito laboral.

En el plano organizativo, la reforma introduce modificaciones que pueden tener un impacto relevante en la gestión preventiva de las empresas. Se refuerzan los requisitos para la asunción directa de la prevención por parte del empresario, limitando este supuesto a empresas de hasta diez personas trabajadoras en determinadas condiciones, lo que puede implicar un mayor recurso a servicios de prevención ajenos o personal interno especializado.

El anteproyecto también impulsa la figura de las personas trabajadoras designadas en prevención y redefine aspectos relacionados con los servicios de prevención propios y ajenos, reforzando su papel técnico y de seguimiento. Además, se prevé la creación de agentes territoriales de prevención, con capacidad de actuación en empresas de menos de diez trabajadores sin representación legal, que podrán realizar visitas a centros de trabajo, proponer mejoras y trasladar posibles incumplimientos a la Inspección de Trabajo.

La norma mantiene el régimen sancionador vigente, aunque introduce ajustes en determinadas reducciones de sanciones en casos de especial gravedad, como accidentes laborales o enfermedades profesionales, y refuerza el cumplimiento de las obligaciones documentales y de supervisión.

En conjunto, la reforma plantea una evolución del modelo preventivo hacia un enfoque más integral, en el que la salud laboral se vincula de forma más estrecha a la organización del trabajo y a los factores psicosociales y digitales. Aunque el texto aún puede modificarse durante su tramitación parlamentaria, el anteproyecto apunta ya a un refuerzo de las obligaciones preventivas y organizativas con especial impacto potencial en el tejido de pymes industriales.

 

FUENTE: La Moncloa

https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/paginas/2026/20260428-referencia-rueda-de-prensa-ministros.aspx#riesgos

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